Expedientes sin resolver, dificultades para conseguir audiencia y dudas sobre la experiencia con la que Vladimir Herrera Blancas llegó al cargo colocan bajo escrutinio la conducción de la Dirección Jurídica de Ahome
Los Mochis, Sinaloa, 16 septiembre 2026.- La Dirección Jurídica de Ahome enfrenta cuestionamientos por expedientes que permanecen sin resolver, ciudadanos que esperan durante meses y dificultades incluso para conseguir una audiencia con su titular.
El problema ya no se limita a casos aislados: apunta al funcionamiento del área y a la forma en que está siendo conducida.
Hay que mirar quién dirige el área.
Ese fue el punto de partida para revisar la trayectoria profesional de Vladimir Herrera Blancas, director Jurídico del Ayuntamiento de Ahome.
No nació de una búsqueda sobre su vida privada ni de una discusión sobre títulos colgados en una pared.
La investigación comenzó a cobrar sentido frente al señalamiento recurrente de que son cientos los asuntos que permanecen varados, pendientes o sin una resolución definitiva dentro de un área que, precisamente, tendría que ofrecer respuestas jurídicas.
Porque la confianza depositada en un servidor público no termina con el nombramiento. Empieza ahí.
Y cuando los resultados no llegan, es legítimo preguntar con qué preparación, experiencia y antecedentes profesionales se recibió una responsabilidad de ese tamaño.
La Dirección Jurídica no es una oficina menor dentro del Ayuntamiento. Por ella pasan controversias, procedimientos administrativos, juicios y decisiones que pueden generar consecuencias legales y patrimoniales para el municipio. Su titular participa directamente en la defensa de los intereses institucionales.
Por eso, cuando los asuntos se atascan y las respuestas tardan, la capacidad de gestión, la experiencia y la atención de quien conduce la dependencia se convierten también en asuntos de interés público.
Un expediente puso el problema sobre la mesa
Uno de los casos conocidos directamente por este medio corresponde a un procedimiento de escrituración que permaneció durante más de un año bajo revisión.
Para solventar jurídicamente la propiedad, el propio director Jurídico de Ahome, Vladimir Herrera Blancas, solicitó primero una interpelación notarial y posteriormente un certificado de posesión.
Ambos requerimientos fueron cumplidos y se sumaron a otros elementos que ya formaban parte del expediente: la clave catastral se encontraba a nombre del promovente y el impuesto predial estaba al corriente.
Durante ese proceso, sin embargo, se solicitaron de manera reiterada modificaciones y nuevos elementos al expediente, modificaciones que se solventaban el mismo dia, lo que prolongó el trámite durante meses, es la falta de respuesta del área jurídica.
Algunos documentos tuvieron que rehacerse en distintas ocasiones, que de igual manera se hicieron el mismo día, hasta cumplir con las condiciones planteadas por Vladimir.
Ocho meses después, una vez atendidas esas exigencias, el propio Herrera Blancas consideró solventadas las observaciones jurídicas y señaló que el asunto se encontraba en condiciones de continuar.
Pero la determinación no llegó.
El director jurídico terminó dejando la decisión en manos del área de Bienes Inmuebles, pese a que la valoración jurídica del expediente correspondía precisamente a la dependencia que encabeza.
El asunto volvió a quedar detenido.
La situación abrió una pregunta elemental: si Jurídico pidió los elementos necesarios para despejar las dudas, éstos fueron entregados y las observaciones quedaron solventadas, ¿por qué no concluyó entonces la definición jurídica del trámite?
Este expediente no se presenta como prueba de lo que ocurre en cada asunto que llega a la dependencia.
Su relevancia radica en que fue el caso concreto que llevó a este medio a revisar con mayor profundidad el funcionamiento del área y a plantear una pregunta más amplia: cuántas personas enfrentan procedimientos que avanzan de requerimiento en requerimiento sin obtener finalmente una resolución.
Conseguir una audiencia, otro obstáculo
A los asuntos pendientes se suma una segunda dificultad: obtener atención directa del director.
Solicitar una audiencia con el director Jurídico no obedece a una cuestión protocolaria, sino a la necesidad de encontrar respuestas, destrabar trámites o buscar soluciones a asuntos que dependen precisamente del criterio y la intervención del área que encabeza.
Sin embargo, conseguir esa atención directa puede convertirse en una cadena de insistencias y esperas de semanas.
La dificultad para obtener atención directa no se limita a ciudadanos. De acuerdo con información conocida por este medio, funcionarios de primer nivel de la propia administración municipal e incluso regidores han enfrentado obstáculos para ser recibidos por Herrera Blancas cuando buscan respuestas, destrabar algún asunto o conocer una definición jurídica sobre temas de su competencia.
El propio director expuso a este periodista una de las razones de esa demora. Al referirse a la carga de trabajo de la dependencia, señaló textualmente: “Yo solo veo 10 expedientes al día porque no me da tiempo para más”.
La explicación dimensiona el problema. Si la atención personal del titular se limita a ese número de asuntos por jornada, mientras otros expedientes continúan acumulándose y las solicitudes de audiencia se postergan, la cuestión deja de ser únicamente cuánto trabajo existe y pasa también por cómo se administra, prioriza y resuelve esa carga dentro de la Dirección Jurídica.
La justificación termina generando otra pregunta.
Si el volumen de expedientes es tan elevado que dificulta atender incluso a funcionarios de la propia administración, ¿se trata solamente de exceso de trabajo o existe también un problema de organización, atención y conducción de la dependencia?
En una oficina cuya función exige comunicación constante con otras áreas municipales, emisión de criterios y resolución de asuntos, la disponibilidad del titular no es un elemento accesorio.
Forma parte del servicio público.
Y ahí aparece otro aspecto que ningún nombramiento garantiza por sí mismo: la disposición para atender y resolver.
En febrero era estudiante; en mayo dirigía Jurídico
Cuando este medio comenzó a revisar la trayectoria profesional de Herrera Blancas apareció una cronología que abrió nuevas interrogantes.
El 11 de febrero de 2025, Herrera Blancas era identificado públicamente como estudiante del décimo semestre de la Licenciatura en Derecho de la Universidad Autónoma de Sinaloa.
En aquel momento participó además en reclamos relacionados con la calidad académica y cuestionó la preparación de algunos docentes.
Tres meses después, el escenario era otro.
El 21 de mayo de 2025, el alcalde Antonio Menéndez de Llano Bermúdez le tomó protesta como director Jurídico del Ayuntamiento de Ahome.
El nombramiento llegó primero.
La constancia de situación profesional expedida por la Secretaría de Educación Pública registra su titulación como licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Sinaloa el 26 de junio de 2025 y la expedición de la cédula profesional 15091993 el 14 de agosto del mismo año.


Las fechas establecen que Herrera Blancas asumió Jurídico 36 días antes de la fecha oficial de titulación registrada por la SEP y 85 días antes de que fuera expedida su cédula profesional en Derecho.
Hoy sí es licenciado en Derecho y posee la cédula correspondiente.
Ese punto está aclarado.
La pregunta se encuentra en otro momento: ¿qué preparación y qué experiencia específicamente jurídica acreditó el 21 de mayo de 2025 para recibir la conducción legal del Ayuntamiento?
La experiencia que no se ha transparentado
Herrera Blancas contaba desde 2011 con otra formación profesional: la Licenciatura en Contaduría y Finanzas por la Universidad de Occidente, con cédula profesional 7092045.
Lo que la documentación obtenida no permite conocer es qué experiencia profesional específicamente jurídica había acumulado antes de asumir la Dirección.
No existen elementos suficientes para afirmar que careciera completamente de ella.
Lo que sí puede establecerse es que esa experiencia no ha sido transparentada mediante los documentos solicitados al Ayuntamiento.
Para despejar la incógnita este periodista pidió, mediante acceso a la información, conocer el currículum presentado por Herrera Blancas, sus títulos y cédulas, el perfil oficial del puesto y los documentos mediante los cuales Recursos Humanos, Presidencia Municipal u otra dependencia verificaron que reunía las condiciones profesionales necesarias para ocupar la Dirección.
La solicitud excluyó expresamente datos personales protegidos. Lo que se buscaba conocer era aquello relacionado con una responsabilidad pública: preparación, experiencia, perfil requerido y documentación utilizada para respaldar el nombramiento.
La información no fue entregada.
Cinco años bajo reserva
El 7 de septiembre de 2026, la Oficina de Presidencia Municipal solicitó al Comité de Transparencia clasificar como reservada durante cinco años la documentación académica y profesional, el perfil del puesto y otros elementos relacionados con el nombramiento de Herrera Blancas.
La reserva fue confirmada.
El propio Herrera Blancas preside el Comité de Transparencia, aunque la resolución establece que se excusó del asunto por conflicto de interés y no intervino en la deliberación ni en la votación.
El Ayuntamiento argumentó que hacer pública determinada documentación podría afectar procedimientos judiciales en curso y facilitar presiones, hostigamiento o intimidación contra quien dirige la estrategia jurídica municipal.
La legislación contempla causales bajo las cuales determinada información puede ser reservada. Pero la propia Ley de Transparencia de Sinaloa también establece obligaciones relacionadas con la publicación de información curricular de servidores públicos y perfiles de puestos directivos.
El resultado deja una contradicción difícil de ignorar:
la Dirección Jurídica exige a ciudadanos documentos, pruebas y elementos suficientes para acreditar sus asuntos, mientras los documentos que permitirían conocer con qué experiencia y perfil llegó su propio titular permanecerán reservados hasta por cinco años.
De cuestionar la preparación ajena a tener que explicar la propia
La secuencia adquiere mayor relevancia por un antecedente.
En febrero de 2025, cuando todavía aparecía públicamente como estudiante de décimo semestre, Herrera Blancas cuestionaba la preparación de algunos de sus profesores.
En mayo aceptó dirigir Jurídico.
En junio aparece su fecha oficial de titulación.
En agosto obtuvo su cédula profesional.
La comparación no prueba por sí misma que su nombramiento haya sido ilegal ni permite concluir automáticamente que actualmente carezca de capacidad para ejercer el Derecho.
Pero sí coloca bajo escrutinio el criterio utilizado para confiarle una de las áreas técnicas más sensibles del Ayuntamiento cuando, conforme al registro federal, todavía no aparecía titulado ni contaba con cédula profesional en Derecho.
Y el cuestionamiento cobra mayor peso frente a lo que ocurre actualmente en la dependencia.
Desde esa Dirección se exigen documentos para acreditar hasta el último extremo de determinados asuntos.
En el expediente que detonó esta investigación se solicitaron pruebas adicionales.
Se presentaron.
Las observaciones fueron solventadas.
El trámite continuó detenido.
Al mismo tiempo, obtener una audiencia con el responsable del área puede resultar difícil y la información que permitiría conocer qué experiencia jurídica presentó él mismo para asumir el puesto permanece reservada.
Ahí está el contraste.
La confianza también se acredita
Un nombramiento entrega facultades.
No acredita automáticamente experiencia, capacidad de gestión ni vocación de servicio.
Eso termina midiéndose con resultados.
Si existen cientos de expedientes pendientes, resulta necesario explicar qué los mantiene detenidos.
Si la sobrecarga de trabajo impide atender solicitudes de audiencia, debe conocerse cómo se está administrando esa carga.
Si un ciudadano cumple los requerimientos jurídicos que se le imponen y su asunto continúa sin definición, debe saberse dónde terminó la revisión y por qué no llegó la respuesta.
Y si surgen dudas sobre la experiencia con la que el responsable de Jurídico asumió el cargo, el currículum y el perfil utilizado para respaldar su nombramiento serían precisamente los documentos capaces de aclararlas.
Por ahora permanecerán reservados hasta por cinco años, salvo que antes desaparezcan las causas legales invocadas para mantener la clasificación.
Mientras tanto, siguen los expedientes.
Siguen quienes buscan una audiencia para encontrar una respuesta.
Y siguen las preguntas sobre quien encabeza el área.
La principal ya no se refiere a un solo procedimiento:
¿la preparación, experiencia, atención y resultados de Vladimir Herrera Blancas corresponden a la confianza que le fue conferida para conducir jurídicamente al Ayuntamiento de Ahome?
Porque exigir documentos y certezas a los demás forma parte de su responsabilidad.
Responder con resultados y transparentar por qué se recibió esa responsabilidad también debería formar parte de ella.
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